Resolución Exenta N° 86 · OTROS · 30/08/2024

Declaración anual de arriendos: formulario 1835

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 86 del 30 de Agosto del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 86 de 2024 modifica la periodicidad de la declaración de bienes raíces arrendados (formulario 1835), estableciendo que debe presentarse anualmente en lugar de cada dos años como disponía la resolución anterior. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas que arriendan o subarriendan bienes raíces, ya sea con contrato formal o arriendo de hecho, y que deben informar anualmente sus propiedades arrendadas al SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Con qué frecuencia se debe presentar ahora el formulario 1835? → Anualmente, no cada dos años como establecía la resolución anterior. - ¿Qué resolución quedó sin efecto con esta nueva instrucción? → La Resolución Exenta SII N° 98 del 31 de agosto de 2023. - ¿Quiénes están obligados a presentar esta declaración? → Todos los arrendadores de bienes raíces, sean personas naturales o jurídicas, con o sin contrato formal. - ¿Desde cuándo rige esta nueva periodicidad anual? → Desde el 30 de agosto de 2024, fecha de publicación de la Resolución Ex. N° 86. **Lo que debes tener claro:** - **Cambio de periodicidad retroactivo en sus efectos:** si un contribuyente presentó su declaración en 2023 bajo el régimen bianual, ahora debe presentarla nuevamente en 2024 bajo el nuevo régimen anual. - **Aplica a todo tipo de arriendo inmobiliario:** incluye arriendos formales con contrato, arriendos de hecho, subarriendos y cualquier cesión de uso de inmuebles con contraprestación económica. - **No exime de declarar si no hay cambios:** aunque el contribuyente siga arrendando los mismos inmuebles sin modificaciones, debe presentar el formulario cada año, no puede omitirlo argumentando que nada cambió. - **Riesgo de multas por incumplimiento:** la no presentación oportuna del formulario 1835 puede generar sanciones por incumplimiento de obligaciones formales, incluso si las rentas de arrendamiento están correctamente declaradas en la renta anual. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente propietario de tres departamentos arrendados presentó su declaración en el formulario 1835 en agosto de 2023, cumpliendo con la Resolución Ex. N° 98 que establecía periodicidad bianual. Bajo esa norma, no debería volver a declarar hasta 2025. Sin embargo, con la nueva Resolución Ex. N° 86 de agosto 2024, debe presentar nuevamente el formulario 1835 en 2024 , informando los mismos tres departamentos aunque no haya habido cambios, y luego repetir la declaración cada año subsiguiente. Si omite la declaración 2024 pensando que ya cumplió en 2023, queda expuesto a multas por incumplimiento formal.

Resumen oficial SII

Instruye sobre obligación de presentar declaración anual sobre bienes raíces arrendados por medio de formulario N° 1835; deja sin efecto Resolución Ex. SII N°98 de 31 de agosto de 2023.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso86.pdf