Resolución Exenta N° 99 · OTROS · 11/10/2024

Autorización contabilidad electrónica SII

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 99 del 11 de Octubre del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N°99 de octubre 2024 autoriza formalmente a un grupo específico de contribuyentes para operar bajo el modelo de contabilidad electrónica del SII, permitiéndoles llevar sus registros contables mediante la plataforma digital oficial. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes expresamente individualizados en la Resolución Exenta N°99 que buscan migrar desde sistemas contables tradicionales o privados hacia el modelo de contabilidad electrónica administrado directamente por el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución exenta? → Permite a contribuyentes específicos operar bajo el modelo de contabilidad electrónica del SII. - ¿Desde cuándo rige esta autorización? → Desde el 11 de octubre de 2024, fecha de publicación de la resolución. - ¿Quiénes quedan autorizados? → Solo los contribuyentes expresamente individualizados en el anexo de la Resolución N°99. - ¿Es obligatorio migrar a contabilidad electrónica? → No, esta resolución otorga autorización facultativa a quienes la solicitaron o califican. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización nominativa y no automática:** solo los contribuyentes listados expresamente en el anexo de la resolución pueden operar con contabilidad electrónica; no aplica masivamente a todos los contribuyentes del país. - **Modelo de operación SII:** implica llevar libros contables directamente en la plataforma del servicio, con registro en tiempo real y acceso inmediato por parte del SII a la información contable. - **Diferencia con facturación electrónica:** mientras la emisión electrónica de documentos es obligatoria para muchos, la contabilidad electrónica sigue siendo facultativa y requiere autorización expresa. - **Riesgo de incumplimiento por confusión:** contribuyentes no autorizados no pueden usar este sistema aunque lo deseen; intentar hacerlo sin autorización genera inconsistencias legales en el cumplimiento de obligaciones contables formales. **Ejemplo práctico:** Una empresa de servicios profesionales con ingresos anuales de 180.000.000 de pesos solicitó autorización para llevar contabilidad electrónica y fue incluida en la Resolución Exenta N°99. Desde octubre 2024 puede registrar sus asientos contables directamente en la plataforma del SII, eliminando libros físicos o sistemas privados. Sin embargo, una empresa similar que no fue incluida en el anexo debe seguir llevando contabilidad tradicional o en software privado, aunque use facturación electrónica obligatoria.

Resumen oficial SII

Autoriza a proceder conforme al modelo de operación de contabilidad electrónica a los contribuyentes que señala

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso99.pdf