Circular N° 61 · OTROS · 11/11/2025

Valor UF diario nov-dic 2025 en créditos

Materia del circular

Circular N° 61 del 11 de Noviembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII fija oficialmente los valores diarios de la Unidad de Fomento aplicables a las operaciones de crédito de dinero durante el período comprendido entre el 10 de noviembre y el 9 de diciembre de 2025, ambos inclusive. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas de factoring, administradoras de crédito, contribuyentes con operaciones de crédito en UF (tanto acreedores como deudores), contadores que deben registrar operaciones reajustables y asesores tributarios que calculan intereses y reajustes. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubre esta circular? → Desde el 10 de noviembre de 2025 hasta el 9 de diciembre de 2025, ambos inclusive. - ¿Para qué tipo de operaciones se usa este valor UF? → Para todas las operaciones de crédito de dinero expresadas o reajustables en UF. - ¿Es obligatorio usar estos valores publicados por el SII? → Sí, son los valores oficiales para efectos tributarios y contractuales en operaciones de crédito. - ¿Qué pasa si uso un valor UF distinto al publicado? → El cálculo de intereses, capitales y reajustes no será reconocido tributariamente, generando riesgo de observaciones. **Lo que debes tener claro:** - **Carácter vinculante para tributación:** estos valores deben usarse obligatoriamente para declarar rentas por intereses, calcular gastos financieros deducibles y determinar diferencias de cambio en créditos UF. - **Aplicación diaria, no promedio mensual:** cada operación debe valorizarse con la UF del día específico del devengo, pago o vencimiento, no con un promedio del mes. - **Afecta tanto a acreedores como deudores:** el acreedor debe reconocer ingresos por reajustes UF y el deudor puede deducir el mayor valor pagado como gasto financiero, ambos usando estos valores oficiales. - **Riesgo en sistemas contables desactualizados:** si el software contable no actualiza automáticamente la UF diaria, pueden generarse descalces entre lo registrado y lo exigible tributariamente, causando diferencias en auditorías. **Ejemplo práctico:** Una empresa de factoring otorga un crédito de 1.000 UF el 15 de noviembre de 2025 a 30 días plazo. Para calcular el capital a cobrar el 15 de diciembre, debe usar el valor UF del 15 de noviembre publicado en esta circular (supongamos $37.500) para registrar el capital inicial de $37.500.000, y el valor UF del 15 de diciembre (supongamos $37.650) para determinar el capital final de $37.650.000. La diferencia de $150.000 es reajuste tributable para el acreedor y gasto deducible para el deudor, calculado exclusivamente con estos valores oficiales.

Resumen oficial SII

Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de diciembre de 2025, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2025/circu61.pdf