Circular N° 62 · RENTA · 11/11/2025

Tablas retención segunda categoría diciembre 2025

Materia del circular

Circular N° 62 del 11 de Noviembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 62 establece las tablas actualizadas de retención del impuesto único de segunda categoría aplicables exclusivamente al mes de diciembre de 2025, con tramos y factores ajustados según la variación de la UTA. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, habilitados pagadores, departamentos de remuneraciones y contadores que calculan y retienen el impuesto único mensual sobre sueldos, pensiones y otras rentas del trabajo dependiente durante diciembre 2025. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde qué fecha rigen las nuevas tablas de retención? → Desde el 1 de diciembre de 2025, aplicables solo a ese mes. - ¿Qué rentas quedan afectas a estas tablas? → Sueldos, pensiones, gratificaciones y toda renta del trabajo dependiente gravada con impuesto único de segunda categoría. - ¿Cambian los tramos o solo los montos de las tablas? → Cambian los montos de los tramos por ajuste de UTA; los porcentajes y estructura se mantienen. - ¿Se aplican estas tablas en enero 2026? → No, estas tablas son exclusivas de diciembre 2025; enero tendrá sus propias tablas. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia exclusiva de un mes:** estas tablas rigen únicamente para rentas pagadas o abonadas en diciembre 2025, no se arrastran a meses siguientes ni retroactivos. - **Ajuste por variación de UTA:** los tramos se actualizan mensualmente según la variación acumulada de la UTA, por lo que los rangos en pesos cambian aunque la estructura porcentual permanezca. - **Obligación de actualizar sistemas de pago:** los empleadores deben cargar las nuevas tablas en sus sistemas de nómina antes del primer pago de diciembre para evitar retenciones incorrectas y reclamos de los trabajadores. - **No confundir con reliquidación anual:** estas tablas son para retención mensual provisional; el impuesto definitivo se determina en la Operación Renta del año tributario siguiente con todas las rentas anuales. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga el 5 de diciembre 2025 un sueldo bruto de 2.800.000 pesos a un trabajador con cargas familiares. Aplicando la tabla de diciembre 2025, identifica el tramo correspondiente (supongamos 2.500.001 a 3.000.000), aplica el factor y el rebaje del tramo para calcular la retención mensual de, por ejemplo, 165.000 pesos. Si la empresa usara por error la tabla de noviembre con tramos distintos, podría retener 180.000 pesos, generando un descuento excesivo que el trabajador reclamaría o que debería ajustarse en enero mediante devolución administrativa.

Resumen oficial SII

Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de diciembre de 2025 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2025/circu62.pdf