Oficio N° 0140 · IVA · 23/01/2025

Liquidación-factura con valores negativos

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art.2 – Código Tributario, Art. 88 bis – Código de Comercio, Art. 233 – Reglamento LIVS, Art. 22 y Art. 73 – Circular N° 126 De 1977 – Resolución Ex. N° 117 De 2024.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las liquidaciones-factura pueden contener valores negativos únicamente para corregir errores o ajustes contables, pero no pueden utilizarse para registrar ventas con precios negativos, ya que las ventas siempre implican un precio positivo por naturaleza. **¿A quién le importa esto?** Proveedores que emiten liquidaciones-factura electrónicas (especialmente distribuidores, mayoristas y empresas del retail) que necesitan corregir errores de facturación, ajustar precios o reversar operaciones previamente registradas ante el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Se pueden emitir liquidaciones-factura con valores negativos? → Sí, pero solo para corregir errores o ajustes contables, no para registrar ventas. - ¿Qué tipo de ajustes permiten valores negativos? → Correcciones de errores de facturación, ajustes de precio, devoluciones parciales y rectificaciones contables. - ¿Se puede vender un producto con precio negativo? → No, las ventas por su naturaleza siempre implican un precio positivo. - ¿Qué normativa regula esta situación? → Resolución Exenta N° 117 de 2024 que establece excepciones al uso de valores negativos en documentos tributarios electrónicos. **Lo que debes tener claro:** - **Excepción limitada a ajustes y correcciones:** los valores negativos en liquidaciones-factura solo proceden para rectificar operaciones previas, no para registrar nuevas ventas con precios bajo cero. - **Diferencia con notas de crédito:** mientras las notas de crédito revierten operaciones completas, las liquidaciones-factura con valores negativos ajustan montos específicos dentro del mismo documento sin anular la operación original. - **Fundamento en la Resolución 117/2024:** esta normativa establece expresamente que ciertos documentos tributarios electrónicos pueden contener valores negativos como excepción al principio general, pero mantiene la prohibición de ventas con precio negativo. - **Riesgo de rechazo o glosa:** emitir liquidaciones-factura con valores negativos sin justificación de ajuste puede generar observaciones del SII o rechazo en auditorías, especialmente si se interpreta como elusión del régimen de notas de crédito. **Ejemplo práctico:** Una distribuidora mayorista emite una liquidación-factura por 5.000.000 de pesos a un cliente por mercadería entregada. Posteriormente detecta un error: cobró de más 300.000 pesos por un descuento no aplicado. Puede emitir una nueva liquidación-factura con valor negativo de -300.000 pesos como ajuste, quedando el neto en 4.700.000 pesos. Sin embargo, no puede emitir una liquidación-factura original con precio unitario negativo (-50.000 por producto) pretendiendo registrar una venta, ya que las ventas siempre tienen precio positivo por definición comercial.

Resumen oficial SII

Posibilidad de emitir liquidación-factura con valores negativos.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=0e181da9-e271-4d4a-b4ef-73a95762b623&nombreDocumento=0140-23_01_2025.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf