Oficio N° 2510 · RENTA · 03/12/2025

PPM variable se calcula sobre ingresos percibidos

Materia del oficio

Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 84 letra a), Art. 90 – Circular N° 16 de 1991

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La tasa variable de pagos provisionales mensuales obligatorios se determina aplicando el porcentaje establecido sobre los ingresos brutos efectivamente percibidos en cada mes, no sobre la facturación total del período ni sobre ingresos devengados. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes de primera categoría acogidos al sistema de PPM variable del artículo 84 letra a) de la Ley de la Renta, especialmente profesionales, servicios y empresas con flujos de caja irregulares que facturan en un mes pero cobran en otro. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Sobre qué base se calcula el PPM variable? → Sobre los ingresos brutos efectivamente percibidos en el mes, no sobre la facturación emitida. - ¿Qué pasa si facturo en noviembre pero cobro en diciembre? → El PPM se declara en el mes de la percepción efectiva (diciembre), no en el de facturación. - ¿Puedo usar criterio devengado para PPM variable? → No, el PPM variable se rige por percepción efectiva según Circular 16 de 1991. - ¿La tasa se aplica sobre el total anual o mensual? → Se aplica mensualmente sobre los ingresos percibidos de ese mes específico. **Lo que debes tener claro:** - **Percepción efectiva es obligatoria:** aunque el contribuyente lleve contabilidad completa y use devengado para otros efectos, el PPM variable se calcula sobre caja, no sobre facturación. - **Riesgo de declarar en mes equivocado:** facturar en un mes y declarar PPM sin haber cobrado genera pagos anticipados innecesarios y complica el flujo de caja del contribuyente. - **Diferencia con PPM fijo:** mientras el PPM del artículo 90 (tasa fija) se puede ajustar con reliquidaciones, el variable exige precisión mensual porque la tasa aplica sobre ingresos reales percibidos. - **Aplicación de la Circular 16/1991:** este criterio está vigente desde 1991 y es vinculante para todos los contribuyentes con PPM variable, independiente de su régimen contable. **Ejemplo práctico:** Una consultora factura honorarios por 10.000.000 de pesos en octubre 2025, pero el cliente paga en dos cuotas: 6.000.000 en noviembre y 4.000.000 en enero 2026. La consultora con PPM variable al 0,25% debe declarar 15.000 pesos de PPM en noviembre (sobre los 6.000.000 percibidos) y 10.000 pesos en enero (sobre los 4.000.000), no 25.000 pesos en octubre cuando solo emitió la factura sin cobrar.

Resumen oficial SII

Determinación de la tasa variable de pagos provisionales mensuales obligatorios.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=f021898b-236a-4023-a79e-c66d6e204c94&nombreDocumento=2510-03_12_2025.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf