Oficio N° 2670 · RENTA · 23/12/2025

Custodios extranjeros pueden pedir devolución IVA

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Arts. 63, 74 N° 4 – Código Tributario, Art. 126 – Resoluciones N° 150 y N° 151, de 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los custodios extranjeros que actúan como mandatarios de beneficiarios finales de rentas pueden solicitar la devolución de retenciones efectuadas en exceso, siguiendo el procedimiento del artículo 126 del Código Tributario y las Resoluciones 150 y 151 de 2020, siempre que acrediten su calidad de representantes. **¿A quién le importa esto?** Custodios extranjeros que administran inversiones en Chile por cuenta de inversionistas no residentes, intermediarios financieros internacionales que reciben rentas con retención en la fuente, y asesores tributarios que gestionan devoluciones transfronterizas para fondos de inversión extranjeros. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede un custodio extranjero solicitar devolución de retenciones excesivas? → Sí, si actúa como mandatario acreditado de los beneficiarios finales de las rentas. - ¿Qué procedimiento debe seguir para la devolución? → El establecido en el artículo 126 del Código Tributario y las Resoluciones 150 y 151 de 2020. - ¿Qué debe acreditar el custodio para solicitar la devolución? → Su calidad de mandatario y la identidad de los beneficiarios finales de las rentas. - ¿Qué retenciones pueden devolverse bajo este procedimiento? → Aquellas efectuadas en exceso sobre rentas de fuente chilena según artículos 63 y 74 N°4 de la LIR. **Lo que debes tener claro:** - **El mandato debe estar debidamente acreditado:** el custodio debe presentar documentación que pruebe su relación de representación con los beneficiarios finales, no basta con declararlo. - **Aplica a retenciones en exceso sobre rentas de fuente chilena:** típicamente dividendos, intereses o ganancias de capital donde la tasa aplicada fue superior a la que correspondía según convenios o normativa vigente. - **Procedimiento formal según Resoluciones 150 y 151 de 2020:** la solicitud debe cumplir requisitos específicos de documentación, plazos y formato establecidos en estas resoluciones para devoluciones a no residentes. - **Riesgo de rechazo por documentación insuficiente:** si el custodio no acredita fehacientemente su mandato o la identidad de los beneficiarios, el SII puede rechazar la solicitud aunque la retención haya sido objetivamente excesiva. **Ejemplo práctico:** Un banco custodio suizo administra inversiones en acciones chilenas para un fondo de pensiones alemán. Durante 2024, se retuvieron 35% de impuesto adicional sobre dividendos por 100.000.000 de pesos, cuando según el convenio Chile-Alemania correspondía solo 15%. El custodio presenta al SII: (1) contrato de mandato certificado, (2) certificado de residencia fiscal del fondo en Alemania, (3) formulario 3711 con detalle de retenciones, y (4) comprobantes de pago. El SII verifica la documentación y autoriza la devolución de 20.000.000 de pesos (diferencia entre 35% y 15%) directamente al custodio, quien debe transferirla al fondo alemán según su mandato.

Resumen oficial SII

Devolución de retenciones efectuadas en exceso a un custodio extranjero que actúa como mandatario de los beneficiarios de las rentas.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=17631f20-b3d9-4692-b9eb-f34954ebe5a5&nombreDocumento=2670-23_12_2025.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf