Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 100 del 14 de Agosto del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para actuar como prestador de servicios de certificación digital de identidades y emitir certificados digitales de uso y pago tributario, las empresas deben obtener una autorización específica del SII mediante resolución exenta que acredite su capacidad técnica y operativa. **¿A quién le importa esto?** Empresas tecnológicas que desean operar como prestadores de servicios de certificación digital (PSC), entidades que emiten certificados digitales para firma electrónica, y contribuyentes que requieren certificados digitales para cumplir obligaciones tributarias o realizar trámites ante el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cualquier empresa puede emitir certificados digitales de uso tributario? → No, solo las autorizadas expresamente por el SII mediante resolución exenta. - ¿Qué tipo de certificados digitales cubre esta autorización? → Certificados digitales de identidad para uso y pago tributario ante el SII. - ¿Cómo se obtiene la autorización para ser prestador certificador? → Mediante un proceso de acreditación técnica y operativa que culmina en una resolución exenta del SII. - ¿La autorización es permanente o requiere renovación? → Cada autorización se emite por resolución específica; el SII puede establecer condiciones de vigencia y supervisión continua. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización previa obligatoria:** ningún prestador puede emitir certificados digitales de uso tributario sin la resolución exenta del SII que lo acredite formalmente como prestador de servicios de certificación digital. - **Diferencia con certificados comerciales:** esta autorización es específica para certificados digitales que se usan en operaciones y trámites tributarios, no aplica a certificados de uso general o comercial que no interactúan con sistemas del SII. - **Requisitos técnicos implícitos:** aunque la resolución no detalla todos los requisitos, el proceso de acreditación evalúa infraestructura tecnológica, medidas de seguridad, respaldo operacional y cumplimiento de estándares de certificación digital. - **Riesgo de operar sin autorización:** empresas que emitan certificados digitales para uso tributario sin autorización del SII pueden enfrentar sanciones y sus certificados no serán reconocidos como válidos para trámites ante el Servicio. **Ejemplo práctico:** Una empresa tecnológica desarrolla una plataforma de firma electrónica y quiere ofrecer certificados digitales a contadores y empresas para que firmen declaraciones de IVA y realicen pagos electrónicos al SII. Antes de emitir el primer certificado de uso tributario, debe solicitar la acreditación ante el SII, demostrar su infraestructura de seguridad y obtener la resolución exenta que la autorice formalmente. Si opera sin esta resolución, sus certificados no serán válidos para trámites tributarios, aunque sean técnicamente funcionales para otros usos comerciales.
Resumen oficial SII
Acredita y autoriza al contribuyente que indica para actuar como prestador de servicios de certificación digital de identidades y emitir certificados digitales de uso y pago tributario.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Tecnologías de la Información
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso100.pdf