Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 104 del 26 de Agosto del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 104 de 2025 establece nuevos formatos, contenidos e instrucciones para declaraciones juradas, reemplazando resoluciones anteriores y dejando sin efecto expresamente la Resolución Exenta N° 96 de 2016. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes obligados a presentar declaraciones juradas ante el SII, especialmente quienes venían utilizando formatos establecidos en resoluciones anteriores ahora reemplazadas, incluyendo empresas, instituciones financieras y agentes retenedores. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué formatos de declaraciones juradas quedan obsoletos? → Los contenidos en las resoluciones reemplazadas, especialmente la Resolución Exenta N° 96 de 2016. - ¿Desde cuándo rigen los nuevos formatos? → Desde la publicación de la Resolución Exenta N° 104 del 26 de agosto de 2025. - ¿Qué aspectos modifican los nuevos formatos? → El formato, contenido e instrucciones de las declaraciones juradas especificadas en la resolución. - ¿Qué pasa si presento una DJ con el formato anterior? → Podría ser rechazada o requerir presentación rectificatoria con el nuevo formato vigente. **Lo que debes tener claro:** - **Aplicación inmediata desde publicación:** los nuevos formatos rigen desde el 26 de agosto de 2025, por lo que declaraciones juradas presentadas desde esa fecha deben usar exclusivamente los nuevos contenidos e instrucciones. - **Deroga expresamente Resolución 96/2016:** cualquier procedimiento, formato o instrucción contenida en esa resolución queda sin efecto, eliminando posibles confusiones sobre vigencia paralela de normativas. - **Impacto en sistemas de información:** contribuyentes que tienen automatizados sus procesos de declaración deben actualizar sus sistemas para cumplir con los nuevos campos, validaciones y estructura de información requerida. - **Riesgo de sanciones por incumplimiento formal:** presentar declaraciones juradas con formatos antiguos o información incompleta según los nuevos estándares puede generar multas del artículo 109 del Código Tributario, incluso si la información sustantiva es correcta. **Ejemplo práctico:** Una institución financiera que presentaba mensualmente la declaración jurada de retenciones según el formato de la Resolución 96/2016 debe, a partir de septiembre 2025, utilizar el nuevo formato establecido en la Resolución 104/2025. Si en octubre presenta la DJ usando el formato antiguo con 15 campos, pero el nuevo formato requiere 22 campos con validaciones distintas, el SII puede rechazar la declaración y aplicar multa de 1 UTM por presentación fuera de formato, obligando a rectificar con el formato correcto dentro de plazo.
Resumen oficial SII
Remplaza formato, contenido e instrucciones de declaraciones juradas contenidas en las resoluciones que se indican. Deja sin efecto Resolución Ex. SII N° 96 de 2016
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso104.pdf