Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 146 del 20 de Octubre del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Esta resolución autoriza a entidades específicas para operar como puntos de verificación de identidad en la plataforma de acceso único a la clave tributaria, permitiendo que contribuyentes obtengan o recuperen su clave mediante presenciales habilitados. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que necesitan obtener o recuperar su clave tributaria presencialmente, empresas que prestan servicios de verificación de identidad, y entidades que requieren habilitar puntos de atención para trámites tributarios digitales de terceros. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución? → Habilita entidades específicas como puntos de verificación de identidad para la clave tributaria del SII. - ¿Quiénes pueden usar estos puntos de verificación? → Contribuyentes que necesitan obtener o recuperar su clave tributaria de forma presencial. - ¿Qué requisitos deben cumplir las entidades autorizadas? → Los establecidos por la plataforma de acceso único y los protocolos de seguridad del SII. - ¿Reemplaza este mecanismo la obtención de clave por otros medios? → No, es una alternativa adicional a la obtención online o presencial en oficinas del SII. **Lo que debes tener claro:** - **Ampliación de la red de verificación:** el SII descentraliza el proceso de validación de identidad para clave tributaria, reduciendo la carga en sus oficinas regionales y facilitando el acceso a contribuyentes. - **Obligaciones de confidencialidad:** las entidades autorizadas deben cumplir estrictos protocolos de protección de datos personales y no pueden retener información de los contribuyentes más allá del proceso de verificación. - **Validez inmediata:** la habilitación de estas entidades rige desde la publicación de la resolución, permitiendo su operación inmediata una vez cumplan los protocolos técnicos de integración. - **No genera costos adicionales al contribuyente:** la verificación de identidad en estos puntos autorizados debe ser gratuita para el contribuyente, siendo el costo operacional asumido por la entidad autorizada o convenios con el SII. **Ejemplo práctico:** Una persona natural que perdió su clave tributaria y necesita presentar su declaración anual puede acudir a una de las entidades autorizadas por esta resolución (por ejemplo, una notaría o institución financiera habilitada), donde presentará su cédula de identidad vigente. La entidad verificará su identidad mediante el sistema integrado con el SII y el contribuyente recibirá inmediatamente su nueva clave tributaria por correo electrónico o SMS, sin necesidad de trasladarse a una oficina del servicio. Si la entidad no está correctamente habilitada o el contribuyente no presenta documentación válida, la verificación será rechazada y deberá acudir directamente al SII.
Resumen oficial SII
Autoriza a las entidades que indica para su habilitación en la plataforma de acceso único a la clave tributaria
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso146.pdf