Resolución Exenta N° 169 · OTROS · 27/11/2025

Addendum SII-Economía: intercambio de datos pymes

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 169 del 27 de Noviembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 169 aprueba un addendum que modifica el convenio de intercambio de información entre el SII y la Subsecretaría de Economía, permitiendo compartir datos tributarios y registros administrativos de contribuyentes, especialmente empresas de menor tamaño. **¿A quién le importa esto?** Empresas de menor tamaño, contribuyentes inscritos en registros de la Subsecretaría de Economía, instituciones públicas que requieren información tributaria para diseño de políticas o fiscalización, y asesores tributarios que necesitan entender qué datos comparte el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué aprueba esta resolución? → Un addendum que modifica el convenio de intercambio de información entre SII y la Subsecretaría de Economía. - ¿Qué tipo de información se intercambia? → Datos tributarios, registros administrativos y antecedentes de empresas de menor tamaño. - ¿Desde cuándo rige este addendum? → Desde el 27 de noviembre de 2025, fecha de publicación de la resolución. - ¿Los contribuyentes deben hacer algún trámite? → No, el intercambio opera automáticamente entre las instituciones bajo reserva tributaria. **Lo que debes tener claro:** - **Intercambio automático entre instituciones:** el SII comparte información tributaria con la Subsecretaría de Economía sin necesidad de autorización individual de cada contribuyente, bajo el marco de la reserva tributaria. - **Foco en empresas de menor tamaño:** aunque el convenio abarca información general, su énfasis está en datos relevantes para políticas públicas orientadas a pymes y microempresas. - **Implica mayor cruce de datos administrativos:** la Subsecretaría puede acceder a información del SII para diseño de programas, fiscalización de beneficios o verificación de requisitos en subsidios empresariales. - **Sin impacto directo en obligaciones tributarias:** este convenio no crea nuevas obligaciones declarativas ni modifica plazos, pero aumenta la trazabilidad de información entre organismos públicos. **Ejemplo práctico:** Una microempresa del rubro comercio solicita un subsidio de capital de trabajo en la Subsecretaría de Economía. Para verificar que cumple los requisitos de ventas anuales y situación tributaria al día, la Subsecretaría accede directamente a información del SII bajo este convenio, cruzando ventas declaradas en el Formulario 29 con los registros de su programa. La empresa no debe presentar certificados tributarios adicionales: el intercambio es automático.

Resumen oficial SII

Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso169.pdf