Resolución Exenta N° 186 · OTROS · 17/12/2025

Operador autorizado para pagos en ferias libres

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 186 del 17 de Diciembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII autoriza mediante resolución exenta a entidades específicas para incorporarse al registro de operadores de medios de pago electrónicos destinados a ferias libres, estableciendo que solo estos operadores registrados pueden prestar servicios de pago electrónico a feriantes. **¿A quién le importa esto?** Feriantes que desean aceptar pagos con tarjeta o electrónicos en ferias libres, empresas proveedoras de tecnología de pago que quieren operar en este segmento, y municipalidades que administran o regulan ferias libres en sus comunas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden los feriantes usar cualquier sistema de pago electrónico? → No, solo pueden usar operadores autorizados por resolución exenta del SII. - ¿Cómo se autoriza a un operador de medios de pago para ferias libres? → Mediante resolución exenta específica emitida por el SII que lo incorpora al registro. - ¿Qué requisitos debe cumplir una entidad para ser operador autorizado? → Debe solicitar incorporación al SII y cumplir condiciones técnicas y tributarias que el servicio evalúa caso a caso. - ¿El registro de operadores es público? → Sí, el SII mantiene un registro de operadores autorizados mediante resoluciones exentas publicadas. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización previa obligatoria:** ninguna entidad puede operar como proveedor de medios de pago electrónicos en ferias libres sin resolución exenta del SII que la incorpore al registro oficial. - **Protección del feriante y control tributario:** el sistema de autorización busca garantizar que los operadores cumplan estándares técnicos y permitan trazabilidad de las transacciones para efectos de fiscalización. - **Riesgo de contratar operadores no autorizados:** si un feriante usa un sistema de pago no registrado, puede enfrentar observaciones del SII por falta de respaldo documental electrónico válido de sus ventas. - **Proceso de incorporación es evaluado individualmente:** cada entidad debe presentar solicitud formal al SII, que evaluará capacidad técnica, cumplimiento tributario y condiciones operativas antes de emitir la resolución. **Ejemplo práctico:** Una empresa de tecnología financiera desarrolla una aplicación móvil con lector de tarjetas diseñada para feriantes. Antes de comercializarla, debe solicitar al SII su incorporación al registro de operadores para ferias libres. El SII evalúa que la plataforma permita emisión de comprobantes electrónicos, trazabilidad de transacciones y cumplimiento tributario del proveedor. Solo después de emitir la Resolución Exenta específica (como la N° 186), la empresa puede ofrecer legalmente su servicio a feriantes. Un feriante que acepta pagos con tarjeta mediante esta aplicación autorizada cumple con requisitos de documentación tributaria; si usara una app no autorizada, el SII podría rechazar esos registros como respaldo válido de ventas.

Resumen oficial SII

Autoriza a la entidad que indica para incorporarse al registro de operadores de medios de pago electrónicos para ferias libres.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso186.pdf