Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 192 del 22 de Diciembre del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 192 establece el formulario oficial que deben usar los contribuyentes de ferias libres para declarar y pagar mensualmente el impuesto sustitutivo contemplado en el párrafo 7° ter del título II de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que ejercen actividades de comercio en ferias libres y están acogidos al régimen simplificado del párrafo 7° ter de la Ley de IVA, particularmente quienes deben cumplir con la declaración y pago mensual del impuesto sustitutivo. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué establece la Resolución Exenta N° 192? → Crea el formulario oficial para que los feriantes declaren y paguen su impuesto sustitutivo mensual. - ¿A qué contribuyentes afecta esta resolución? → A los comerciantes de ferias libres acogidos al párrafo 7° ter del título II de la Ley de IVA. - ¿Qué tipo de impuesto se declara en este formulario? → El impuesto sustitutivo mensual establecido para el régimen simplificado de feriantes. - ¿Desde cuándo rige este formulario? → Desde el 22 de diciembre de 2025, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Formulario de uso obligatorio:** los feriantes no pueden usar otros medios ni formularios genéricos para cumplir con su obligación mensual bajo el párrafo 7° ter. - **Impuesto sustitutivo específico para ferias libres:** este régimen reemplaza las obligaciones normales de IVA y renta con un pago mensual simplificado de tasa fija según ventas. - **Declaración y pago simultáneos:** el formulario permite realizar ambas gestiones en un solo trámite, evitando declaraciones separadas o pagos diferidos que generen multas. - **Riesgo de incumplimiento involuntario:** muchos feriantes pueden desconocer que ya existe un formulario oficial y seguir operando informalmente, lo que activa sanciones incluso bajo régimen simplificado. **Ejemplo práctico:** Un comerciante de verduras en la feria libre de La Vega vende mensualmente 2.500.000 de pesos y está acogido al párrafo 7° ter. Desde diciembre de 2025, debe usar el formulario de la Resolución N° 192 para declarar sus ventas y pagar el impuesto sustitutivo correspondiente (aproximadamente 1,5% sobre ventas, según el tramo que le aplique). Si usa un formulario genérico o no declara, enfrenta multas desde 1 UTM incluso si su impuesto fue pagado correctamente.
Resumen oficial SII
Establece formulario para declarar y pagar el impuesto sustitutivo aplicable a los contribuyentes de ferias libres del párrafo 7° ter del título II de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso192.pdf