Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 195 del 23 de Diciembre del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII aprueba un convenio con el Registro Civil para verificar automáticamente datos de identificación y registro de profesionales mediante la Plataforma Integrada de Servicios Electrónicos del Estado, eliminando solicitudes manuales de certificados. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes personas naturales y profesionales cuyos datos de identificación o registro profesional puedan ser consultados por el SII en procesos de verificación, fiscalización o tramitación de servicios tributarios en línea. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué datos podrá consultar el SII directamente? → Datos del Registro Civil (identificación, estado civil, defunciones) y del Registro de Profesionales en línea. - ¿Necesitaré presentar certificados del Registro Civil al SII? → No para datos cubiertos por el convenio; el SII los verificará automáticamente en línea. - ¿Qué plataforma tecnológica se usa para esta verificación? → La Plataforma Integrada de Servicios Electrónicos del Estado (PISEE). - ¿Desde cuándo está vigente este convenio? → Desde el 23 de diciembre de 2025, fecha de aprobación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Eliminación de trámites presenciales:** los contribuyentes ya no deberán presentar certificados físicos o digitales del Registro Civil para acreditar identidad, estado civil o defunción en trámites tributarios que requieran esa información. - **Verificación automática en fiscalizaciones:** durante procesos de fiscalización o auditoría, el SII podrá corroborar datos de profesionales y personas naturales sin solicitarlos al contribuyente, agilizando los plazos de respuesta. - **Alcance limitado a datos específicos:** el convenio cubre solo información del Registro Civil e Identificación y del Registro de Profesionales, no otros registros públicos ni bases de datos de terceros. - **Privacidad y uso restringido:** aunque el acceso es automático, está limitado a finalidades tributarias específicas del SII bajo normativa de protección de datos personales y secreto tributario del artículo 35 del Código Tributario. **Ejemplo práctico:** Un contador solicita su inicio de actividades como profesional independiente ante el SII mediante el sitio web. Anteriormente debía adjuntar un certificado de título profesional emitido por el Registro Civil. Ahora, el SII consulta directamente el Registro de Profesionales en línea a través de PISEE y valida la información en segundos, aprobando el trámite sin documentos adicionales. Si el mismo contador fallece, el SII detectará automáticamente la defunción en el Registro Civil y procederá al término de giro sin que los herederos deban presentar certificado de defunción.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Interoperabilidad y Prestación de Servicios de verificación de datos del Registro Civil y del Registro de Profesionales en línea en el marco de la Plataforma Integrada de Servicios Electrónicos del Estado entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso195.pdf