Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 197 del 23 de Diciembre del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Se aprueba un addendum al convenio de intercambio de información entre el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) y el SII, ampliando y actualizando los mecanismos de colaboración y cruce de datos para fiscalización tributaria del sector minero. **¿A quién le importa esto?** Empresas mineras, exploradores, concesionarios y titulares de permisos mineros que operan bajo supervisión de Sernageomin y tienen obligaciones tributarias ante el SII, particularmente aquellas con discrepancias entre datos operacionales y declaraciones de impuestos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué aprueba esta resolución exenta? → Un addendum que actualiza el convenio de intercambio de información entre Sernageomin y el SII. - ¿Qué tipo de información se intercambiará? → Datos operacionales, productivos, de permisos y concesiones mineras relevantes para fiscalización tributaria. - ¿A quiénes afecta este intercambio de datos? → A todas las empresas y personas con actividad minera registrada en Sernageomin y obligaciones ante el SII. - ¿Desde cuándo rige este addendum? → Desde el 23 de diciembre de 2025, fecha de publicación de la resolución exenta. **Lo que debes tener claro:** - **Amplía el alcance del convenio original:** el addendum actualiza y extiende los mecanismos de colaboración establecidos previamente, permitiendo cruces más profundos entre bases de datos operacionales y tributarias. - **Incrementa el riesgo de fiscalización cruzada:** las empresas mineras con producción, ventas o costos declarados ante Sernageomin inconsistentes con sus declaraciones tributarias quedan expuestas a revisiones dirigidas del SII. - **Afecta tanto grandes como pequeños mineros:** el intercambio no se limita a gran minería; incluye exploradores, concesionarios y operadores artesanales registrados en cualquier categoría de Sernageomin. - **Sin canal de oposición individual:** los contribuyentes no pueden oponerse al intercambio de su información entre estos organismos, ya que se ampara en facultades legales de fiscalización conjunta establecidas en el Código de Minería y el Código Tributario. **Ejemplo práctico:** Una empresa minera mediana declara ante Sernageomin una producción de 12.000 toneladas de cobre en 2025, con valores de mercado cercanos a los 2.400 millones de pesos. Sin embargo, en su declaración anual de renta ante el SII, reporta ingresos por ventas de solo 1.800 millones. Gracias al addendum vigente desde diciembre 2025, el SII cruza automáticamente ambas bases de datos, detecta la inconsistencia y cita a la empresa a una auditoría especial para justificar la diferencia de 600 millones, con riesgo de determinar impuestos adeudados, intereses y multas por declaración inexacta.
Resumen oficial SII
Aprueba Addendum al convenio de intercambio de información y colaboración entre el Servicio Nacional de Geología y Minería y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso197.pdf