Resolución Exenta N° 48 · OTROS · 17/04/2025

SII amplía intercambio de datos con Transporte

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 48 del 17 de Abril del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 48 aprueba un addendum al convenio de intercambio de información entre el SII y la Subsecretaría de Transporte, ampliando el alcance de datos compartidos para fiscalización tributaria en el sector transporte. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes del sector transporte terrestre (taxistas, transportistas de carga, empresas de buses, plataformas digitales de movilidad) y profesionales tributarios que asesoran a operadores con permisos o registros ante la Subsecretaría de Transporte. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué aprueba esta resolución exenta? → Un addendum al convenio de intercambio de información entre SII y Subsecretaría de Transporte, ampliando datos compartidos. - ¿Desde cuándo rige este addendum? → Desde el 17 de abril de 2025, fecha de publicación de la resolución exenta. - ¿Qué tipo de información se intercambiará? → Datos de contribuyentes relacionados con permisos de circulación, registros de transporte y operaciones del sector movilidad. - ¿Afecta la obligación de declarar impuestos? → No cambia obligaciones, pero aumenta capacidad del SII de cruzar información y detectar inconsistencias o subdeclaraciones. **Lo que debes tener claro:** - **Mayor fiscalización cruzada en transporte:** el SII podrá contrastar declaraciones de renta e IVA con registros de la Subsecretaría de Transporte, identificando contribuyentes que operan sin declarar o subdeclaran ingresos. - **Aplica a todo el sector movilidad:** incluye taxistas, transportistas de carga, empresas de buses urbanos e interurbanos, y operadores de plataformas digitales con permisos o registros de transporte. - **No requiere acción del contribuyente:** el addendum es operativo entre instituciones; los contribuyentes no deben realizar trámites adicionales, pero sí asegurar coherencia entre sus declaraciones tributarias y registros de transporte. - **Riesgo de fiscalización automatizada:** inconsistencias entre datos de la Subsecretaría (permisos vigentes, vehículos registrados) y declaraciones al SII pueden gatillar auditorías o requerimientos de antecedentes sin aviso previo. **Ejemplo práctico:** Un taxista individual tiene permiso de circulación vigente para tres vehículos según registros de la Subsecretaría de Transporte, pero declara ingresos anuales equivalentes a operar solo un taxi. Con el addendum vigente, el SII recibe automáticamente el dato de los tres permisos, detecta la inconsistencia y emite una citación solicitando justificar la diferencia entre capacidad operativa registrada e ingresos declarados. El contribuyente deberá acreditar si dos vehículos estaban inactivos, arrendados a terceros (quienes debieron declarar) o si efectivamente hay subdeclaración de ingresos propios.

Resumen oficial SII

Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Transporte y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso48.pdf