Resolución Exenta N° 62 · OTROS · 22/05/2025

Addendum SII-DIPRES amplía intercambio de datos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 62 del 22 de Mayo del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 62 aprueba un addendum al convenio de intercambio de información entre el SII y DIPRES, formalizando la ampliación de mecanismos de colaboración y transferencia de datos entre ambas entidades fiscales. **¿A quién le importa esto?** Instituciones públicas que intercambian información con el SII, contribuyentes que proporcionan datos al SII que podrían ser compartidos con DIPRES, y profesionales del área de cumplimiento tributario que necesitan entender el alcance del intercambio interinstitucional de información fiscal. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué aprueba formalmente esta resolución? → Un addendum que modifica o amplía el convenio de intercambio de información entre SII y DIPRES. - ¿Entre qué instituciones se establece el intercambio? → Entre la Dirección de Presupuestos (DIPRES) del Ministerio de Hacienda y el Servicio de Impuestos Internos. - ¿Este intercambio afecta el secreto tributario? → Sí, bajo el marco legal del artículo 35 del Código Tributario, que permite compartir información entre entidades del Estado. - ¿Necesita el contribuyente autorizar este intercambio? → No, el intercambio opera por disposición legal y administrativa sin requerir consentimiento individual. **Lo que debes tener claro:** - **Ampliación de convenio preexistente:** esta resolución no crea un nuevo convenio sino que aprueba un addendum, lo que implica que ya existe un marco de colaboración entre SII y DIPRES que ahora se expande o modifica. - **Base legal en el artículo 35 del Código Tributario:** el intercambio de información entre SII y otras entidades fiscales está permitido expresamente por ley, sin que constituya violación del secreto tributario cuando se realiza entre organismos del Estado con fines fiscales o presupuestarios. - **Implicancias para el análisis presupuestario:** DIPRES puede utilizar información tributaria para modelar proyecciones fiscales, evaluar políticas públicas y realizar análisis de impacto presupuestario con datos reales de recaudación y comportamiento tributario. - **Transparencia limitada del addendum:** la resolución aprueba el addendum pero no detalla públicamente qué información específica se intercambiará ni con qué periodicidad, lo que puede generar incertidumbre sobre el alcance real del intercambio de datos de contribuyentes. **Ejemplo práctico:** El SII tiene información detallada sobre la recaudación de IVA por sector económico durante 2024, incluyendo variaciones mensuales y datos desagregados por región. Bajo el addendum aprobado por esta resolución, DIPRES puede solicitar y recibir estos datos agregados para elaborar su informe de evaluación de ingresos fiscales 2025 y proyectar el impacto de modificaciones a la tasa de IVA. El SII debe entregar esta información sin requerir autorización de los contribuyentes individuales cuyas declaraciones componen los datos agregados, operando bajo la excepción del artículo 35 del Código Tributario.

Resumen oficial SII

Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Dirección de Presupuestos y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de asistencia al contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso62.pdf