Resolución Exenta N° 89 · OTROS · 22/07/2025

Condonación de intereses y multas tributarias

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 89 del 22 de Julio del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 89 del 22 de julio de 2025 otorga condonación de intereses penales y multas infraccionales a contribuyentes que cumplan requisitos y procedimientos establecidos por el SII para casos determinados. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas con deudas tributarias morosas que incluyan intereses penales y multas por infracciones, que busquen regularizar su situación mediante programas de condonación vigentes. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué conceptos específicamente condona esta resolución? → Intereses penales y multas infraccionales sobre deudas tributarias determinadas. - ¿Quiénes pueden acceder a esta condonación? → Contribuyentes que cumplan los requisitos y casos específicos indicados en la resolución. - ¿Desde cuándo rige esta condonación? → Desde el 22 de julio de 2025, según fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 89. - ¿La condonación incluye el impuesto adeudado? → No, solo cubre intereses y multas; el capital del impuesto debe pagarse íntegramente. **Lo que debes tener claro:** - **Condonación parcial, no total:** el beneficio alcanza únicamente a intereses penales y multas infraccionales, quedando excluido el impuesto base que debe ser pagado en su totalidad. - **Requisitos de elegibilidad no automáticos:** los contribuyentes deben cumplir condiciones específicas establecidas en la resolución y casos particulares determinados por el SII, no es un beneficio universal. - **Origen en Subdirección de Fiscalización:** la resolución emana del área de fiscalización, sugiriendo que puede vincularse a procesos de regularización post-auditoría o programas de normalización tributaria. - **Necesidad de solicitud activa:** tratándose de una resolución exenta con casos específicos, los contribuyentes probablemente deban presentar solicitud formal y acreditar cumplimiento de requisitos, no opera de oficio. **Ejemplo práctico:** Una empresa comercial tiene una deuda de IVA por 10.000.000 de pesos del período tributario 2023, más 2.500.000 de pesos en intereses penales acumulados y 1.200.000 de pesos en multas por declaración fuera de plazo. Si cumple los requisitos de la Resolución N° 89, puede solicitar condonación de los 3.700.000 de pesos (intereses y multas), pero debe pagar obligatoriamente los 10.000.000 del impuesto original. Sin embargo, si no cumple algún requisito específico establecido en los casos indicados por la resolución, deberá pagar la totalidad: 13.700.000 de pesos.

Resumen oficial SII

Otorga condonación sobre los intereses y multas infraccionales en los casos que se indican

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso89.pdf