Materia del circular
Circular N° 25 del 15 de Junio del 2026
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII publica los valores oficiales de la Unidad de Fomento para cada día del período 10 de junio al 9 de julio de 2026, que deben usarse obligatoriamente para calcular intereses, reajustes y montos en operaciones de crédito de dinero. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas que otorgan créditos en UF, contribuyentes con operaciones crediticias denominadas en UF, contadores que calculan intereses tributables y deducibles, y cualquier persona que deba reajustar obligaciones en UF durante este período. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubren estos valores de UF? → Desde el 10 de junio hasta el 9 de julio de 2026, ambas fechas inclusive. - ¿Son estos los únicos valores UF válidos para efectos tributarios en ese período? → Sí, son los valores oficiales que deben usarse obligatoriamente para operaciones de crédito. - ¿Qué pasa si uso un valor UF diferente al publicado? → El cálculo tributario será incorrecto y puede generar diferencias en la determinación de ingresos o gastos. - ¿Estas UF se usan solo para créditos o también para otras operaciones? → Principalmente para operaciones de crédito de dinero, pero se extienden a cualquier reajuste contractual en UF. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad del valor oficial:** estos son los únicos valores UF que el SII reconoce para efectos tributarios en operaciones de crédito durante el período señalado, cualquier desviación puede objetarse en fiscalización. - **Impacto en intereses tributables y deducibles:** tanto acreedores que declaran ingresos por intereses como deudores que registran gastos financieros deben usar exactamente estos valores para sus cálculos tributarios mensuales. - **Aplicación día a día:** cada fecha tiene su valor específico de UF, no se puede promediar ni interpolar; contratos con vencimientos o pagos parciales deben usar el valor exacto del día de la operación. - **Coordinación con Banco Central:** aunque el SII publica estos valores, provienen del Banco Central; errores en la fuente son extremadamente raros pero si ocurren, prevalece la publicación oficial del SII para efectos tributarios hasta que se corrija formalmente. **Ejemplo práctico:** Una empresa tiene un crédito hipotecario de 3.000 UF con vencimiento de cuota el 25 de junio de 2026. Para calcular el monto en pesos que debe pagar y el gasto tributario deducible de ese mes, debe usar el valor UF del 25 de junio publicado en esta circular (no el del día anterior ni un promedio). Si el valor UF de ese día es $37.850, la cuota será de $113.550.000 pesos, y ese es el monto exacto que debe registrar contablemente y tributariamente como gasto financiero del período.
Resumen oficial SII
Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de junio de 2026 y el 9 de julio de 2026, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2026/circu25.pdf