Oficio N° 143 · PROCEDIMIENTO · 21/01/2026

Tasación de aportes de acciones por valor bursátil

Materia del oficio

Código Tributario – Art. 64 incisos décimo, undécimo y décimo cuarto

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII tiene facultad legal para tasar aportes de acciones de sociedades chilenas cuando el valor asignado difiere del valor bursátil promedio del semestre anterior al aporte, aplicando el artículo 64 incisos décimo, undécimo y décimo cuarto del Código Tributario. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que realizan aportes de capital mediante acciones de sociedades anónimas chilenas, especialmente en reorganizaciones empresariales, fusiones o estructuraciones patrimoniales donde el valor del aporte determina la base tributaria futura. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede el SII tasar un aporte de acciones chilenas a una sociedad? → Sí, cuando el valor asignado difiera del valor bursátil promedio del semestre anterior al aporte. - ¿Qué artículo del Código Tributario otorga esta facultad? → El artículo 64 incisos décimo, undécimo y décimo cuarto del Código Tributario. - ¿Qué valor utiliza el SII como referencia para tasar? → El valor bursátil promedio de las acciones durante el semestre anterior al aporte. - ¿Se aplica esta tasación solo a acciones con presencia bursátil? → El oficio refiere a acciones con valor bursátil determinable, típicamente sociedades anónimas abiertas. **Lo que debes tener claro:** - **La tasación procede por diferencia objetiva:** el SII no requiere probar intención elusiva, basta que el valor declarado difiera del valor bursátil promedio semestral para ejercer la facultad de tasación. - **El semestre anterior es el período de referencia:** se toma el promedio bursátil de los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha del aporte, no el valor al día del aporte ni promedios anuales. - **Impacto en la base imponible futura:** el valor tasado por el SII se convierte en el costo tributario de las acciones para quien las recibe, afectando futuras enajenaciones o distribuciones de utilidades. - **Riesgo en aportes subvaluados o sobrevaluados:** declarar valores inferiores puede generar tasación al alza con intereses y multas; valores superiores pueden no ser objetados pero crean bases tributarias artificialmente altas para operaciones posteriores. **Ejemplo práctico:** Una sociedad anónima abierta cuyas acciones cotizaron a un promedio de 1.200 pesos por acción durante el semestre julio-diciembre 2025 es aportada a una nueva holding en enero 2026, declarando un valor de 800 pesos por acción (10.000 acciones = 8.000.000 pesos total). El SII puede tasar el aporte en 12.000.000 pesos (1.200 × 10.000), generando una diferencia de 4.000.000 que ajusta la base imponible del aportante y el costo tributario del receptor. Si la subvaluación fue intencional, además proceden intereses penales y multas por declaración maliciosamente falsa.

Resumen oficial SII

Facultad de tasación respecto del aporte de acciones de sociedad chilena.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=88537e8d-c234-4d1e-b596-ede099582890&nombreDocumento=143-21_01_2026.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf