Resolución Exenta N° 12 · OTROS · 19/01/2026

Acceso API inicio de actividades para entidades

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 12 del 19 de Enero del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII autoriza mediante resolución exenta el acceso de instituciones específicas a la interfaz de programación de aplicaciones (API) para gestionar procesos de inicio de actividades de manera electrónica y automatizada. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, notarías, entidades de apoyo empresarial, plataformas digitales de constitución de empresas y organismos públicos que requieren facilitar o gestionar el inicio de actividades de terceros de forma masiva o integrada a sus sistemas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución exenta del SII? → El acceso de instituciones a la API de inicio de actividades para gestionar trámites electrónicamente. - ¿Quiénes pueden solicitar este acceso? → Instituciones autorizadas específicamente por resolución exenta del SII, previa evaluación. - ¿Qué ventaja operativa ofrece la API? → Permite automatizar y gestionar inicios de actividades de forma masiva e integrada a sistemas propios. - ¿Este acceso es automático para cualquier entidad? → No, requiere autorización expresa mediante resolución exenta individual del SII. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización caso a caso:** cada institución debe obtener su propia resolución exenta del SII; no existe acceso automático ni registro público de entidades habilitadas. - **Finalidad de intermediación o soporte:** el acceso está diseñado para entidades que actúan como facilitadoras del inicio de actividades de terceros, no para contribuyentes individuales gestionando sus propios trámites. - **Diferencia con portal web del SII:** mientras cualquier contribuyente puede iniciar actividades por el sitio web, la API permite integración sistémica para volúmenes mayores o servicios especializados. - **Responsabilidad de la institución autorizada:** la entidad que accede a la API asume obligaciones de seguridad, confidencialidad y uso correcto de la información tributaria de los contribuyentes gestionados. **Ejemplo práctico:** Una plataforma digital de constitución de empresas obtiene la Resolución Exenta N° 12 que le permite acceder a la API de inicio de actividades del SII. A través de esta integración, cuando un emprendedor constituye su sociedad mediante la plataforma, el sistema automáticamente gestiona ante el SII el inicio de actividades con los datos ya ingresados, sin que el contribuyente deba ingresar manualmente al sitio web del SII. La plataforma procesa 150 inicios de actividades mensuales de forma automatizada bajo esta autorización.

Resumen oficial SII

Otórguese acceso a la siguiente institución a la interfaz de programación de aplicaciones (api) inicio de actividades

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso12.pdf