Resolución Exenta N° 13 · OTROS · 19/01/2026

Acceso API inicio actividades por resolución

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 13 del 19 de Enero del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII otorga acceso a instituciones a la API de inicio de actividades mediante resoluciones exentas individuales, permitiendo la integración directa de sistemas externos con el proceso de inscripción de contribuyentes en el Rol Único Tributario. **¿A quién le importa esto?** Instituciones públicas o privadas que requieren integrar sus sistemas con el proceso de inicio de actividades del SII, desarrolladores de software tributario, plataformas de servicios empresariales que facilitan la constitución de empresas, y entidades que gestionan trámites masivos de inscripción tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué permite esta resolución exenta a las instituciones? → Acceso a la API de inicio de actividades para integrar sistemas externos con el proceso de inscripción en el RUT. - ¿Se otorga el acceso de forma automática a cualquier institución? → No, se requiere una resolución exenta específica del SII autorizando a cada institución. - ¿Qué beneficio operativo ofrece el acceso a esta API? → Permite automatizar y agilizar el proceso de inicio de actividades desde plataformas externas sin ingresar manualmente al sitio del SII. - ¿Este acceso reemplaza el inicio de actividades tradicional? → No lo reemplaza, sino que ofrece un canal alternativo de integración para instituciones autorizadas. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y no automática:** cada institución debe solicitar y obtener una resolución exenta específica del SII, lo que implica un proceso de evaluación y aprobación previo. - **Enfocado en eficiencia de trámites masivos:** el acceso vía API está diseñado principalmente para entidades que procesan múltiples inicios de actividades, como plataformas de constitución de empresas o instituciones públicas de fomento empresarial. - **Requiere capacidad técnica de integración:** las instituciones autorizadas deben contar con infraestructura tecnológica adecuada para consumir la API y cumplir con los estándares de seguridad y protocolos del SII. - **No elimina responsabilidad del contribuyente:** aunque el inicio de actividades se procese vía API institucional, el contribuyente mantiene la responsabilidad sobre la veracidad y completitud de la información proporcionada. **Ejemplo práctico:** Una plataforma digital de constitución de empresas obtiene la Resolución Exenta que le permite acceder a la API de inicio de actividades del SII. Cuando un emprendedor crea su sociedad a través de esta plataforma, el sistema envía automáticamente los datos del nuevo contribuyente (RUT, actividad económica, domicilio) mediante la API, completando el inicio de actividades en tiempo real sin que el contribuyente deba ingresar separadamente al sitio del SII. Sin esta autorización, la plataforma solo podría orientar al usuario para que realice el trámite manualmente.

Resumen oficial SII

Otórguese acceso a la siguiente institución a la interfaz de programación de aplicaciones (api) inicio de actividades

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso13.pdf