Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 61 del 24 de Abril del 2026
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Ex. SII N° 61/2026 actualiza el formato, contenido e instrucciones del formulario 1958 que bancos e instituciones financieras usan para declarar anualmente las cuentas financieras de personas con residencia tributaria en el extranjero, reemplazando la versión de 2024. **¿A quién le importa esto?** Bancos, cooperativas de ahorro y crédito, corredoras de bolsa, administradoras de fondos, compañías de seguros y cualquier institución financiera obligada a reportar cuentas de clientes con residencia tributaria extranjera bajo los estándares de intercambio automático de información (CRS/FATCA). **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué modifica esta resolución? → Reemplaza el formato del formulario 1958 establecido en la Resolución Ex. SII N° 94 de 2024. - ¿Qué información debe declararse en el F1958? → Cuentas financieras relacionadas con personas que tienen residencia tributaria en el extranjero. - ¿Desde cuándo rige el nuevo formato? → Aplica para la declaración jurada anual correspondiente al año tributario 2027 (año comercial 2026). - ¿Quiénes deben presentar este formulario? → Instituciones financieras chilenas que mantienen cuentas de titulares o beneficiarios con residencia fiscal extranjera. **Lo que debes tener claro:** - **Reemplazo completo del formulario anterior:** el nuevo F1958 no solo actualiza campos, sino que sustituye íntegramente formato, contenido e instrucciones de la versión 2024, por lo que los sistemas de reporte deben actualizarse antes de la declaración 2027. - **Obligación de intercambio automático de información:** esta declaración forma parte de los compromisos internacionales de Chile bajo estándares CRS (Common Reporting Standard) y FATCA, donde el incumplimiento o error puede generar sanciones del artículo 109 del Código Tributario. - **Alcance amplio de instituciones financieras:** no se limita a bancos; incluye corredoras, administradoras de fondos mutuos y de inversión, aseguradoras, cooperativas y cualquier entidad que custodie o administre activos financieros de terceros. - **Cambios técnicos aún no publicados en detalle:** la resolución menciona reemplazo de formato e instrucciones pero no especifica qué campos nuevos se agregan o eliminan, por lo que las instituciones deben esperar la publicación del anexo técnico actualizado para ajustar sus procesos internos. **Ejemplo práctico:** Un banco chileno mantiene una cuenta corriente de USD 125.000 y una cuenta de inversión de USD 340.000 a nombre de un ciudadano alemán residente fiscal en Berlín. En abril de 2027, el banco debe presentar el F1958 actualizado reportando ambas cuentas con los nuevos campos requeridos (saldo al 31 de diciembre de 2026, intereses devengados, identificación fiscal alemana del titular). Si el banco usa el formato antiguo de 2024, la declaración será rechazada por el sistema del SII o considerada no presentada, exponiéndolo a multas por incumplimiento de obligación de informar.
Resumen oficial SII
Modifica resolución exenta SII N° 94 de 2024, y reemplaza formato, contenido e instrucciones de la declaración jurada anual sobre cuentas financieras relacionadas con personas con residencia tributaria en el extranjero, formulario N° 1958.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso61.pdf