Resolución Exenta N° 78 · OTROS · 09/06/2026

Convenio SII-Defensoría habilita acceso tributario

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 78 del 09 de Junio del 2026

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 78 aprueba un convenio de intercambio de información entre el SII y la Defensoría Penal Pública, permitiendo que esta última acceda a datos tributarios de imputados para efectos exclusivos de defensa penal, bajo reserva legal y protocolos de seguridad. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes imputados en causas penales que requieren defensoría pública, profesionales de la Defensoría Penal Pública que necesitan antecedentes tributarios para ejercer defensa, y funcionarios del SII que procesan solicitudes de información bajo reserva tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede la Defensoría Penal Pública acceder a información tributaria de imputados? → Sí, mediante convenio formal con el SII aprobado por esta resolución. - ¿Qué tipo de información tributaria puede solicitarse? → Datos tributarios del imputado necesarios para ejercer su defensa penal efectiva. - ¿Existe límite temporal o de confidencialidad para este intercambio? → Sí, la información está sujeta a reserva legal tributaria y solo puede usarse para fines de defensa penal. - ¿Se requiere autorización del imputado para entregar sus datos? → No está especificado, pero el convenio opera por ministerio de ley en ejercicio del derecho a defensa. **Lo que debes tener claro:** - **Rompimiento excepcional del secreto tributario:** aunque el artículo 35 del Código Tributario protege la información del contribuyente, este convenio habilita su entrega cuando la Defensoría Penal lo requiera para ejercer defensa de imputados. - **Uso exclusivo para defensa penal:** la información tributaria obtenida no puede utilizarse para fines distintos a la preparación y ejercicio de la defensa en procesos penales, quedando prohibida su difusión o uso administrativo. - **Protocolo de solicitud y entrega:** el convenio establece procedimientos formales de solicitud, canales seguros de transmisión y obligaciones de custodia que ambas instituciones deben cumplir estrictamente. - **Implicancia para contribuyentes bajo investigación penal:** quienes enfrenten procesos penales con defensoría pública deben saber que sus antecedentes tributarios pueden ser compartidos con su defensor, sin que esto implique vulneración de derechos sino ejercicio del derecho a defensa. **Ejemplo práctico:** Un imputado por delito económico es defendido por la Defensoría Penal Pública. Para preparar su estrategia de defensa, el abogado defensor necesita conocer las declaraciones de IVA y renta de los últimos tres años del imputado para demostrar inconsistencias en la acusación fiscal. Bajo este convenio, la Defensoría solicita formalmente al SII esa información tributaria, que es entregada en plazo de 10 días hábiles mediante canal seguro . El defensor usa esos antecedentes exclusivamente en audiencia de preparación de juicio oral, quedando prohibido entregar copias al imputado o terceros fuera del expediente judicial.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Defensoría Penal Pública y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2026/reso78.pdf